Hay que recordar que cuando hay un contrato si una de las dos partes lo viola genera para la otra el pago de un perjuicio. Y de esto trata la indemnización. Ésta, así sea voluntaria se debe registrar en la contabilidad como indemnización para que este dinero no se convierta en base de nada.
Resolvamos el siguiente caso que nos plantean. La empresa da por terminado sin justa causa, en el mes de octubre, el contrato de trabajo de un empleado que tiene como base un salario de $3.900.000 y recibió una indemnización por valor de $20.000.000. ¿Cuál sería el ingreso base de cotización de seguridad social del mes?
Supongamos que la persona de este caso trabajó todo el mes de octubre y recibió todo su sueldo de $3.900.000, pero además se le entregó la indemnización por terminación sin justa causa. Si en la contabilidad los $20.000.000 se llevan como indemnización no hay ningún problema porque la indemnización no es base para absolutamente nada sino que se trata de un pago de un perjuicio por incumplimiento de contrato por parte del empleador para con el trabajador.
Hay que recordar que hay un contrato y si una de las dos partes lo viola genera para otra el pago de un perjuicio. Y de esto trata la indemnización, así sea voluntaria si se registra en la contabilidad como indemnización ese dinero no son base para nada en asuntos laborales. Pero si por el contrario la indemnización al llevarla a la contabilidad y se anota como si fuera una bonificación, ese mes de octubre se debe sumar el salario más el bono y sacar el 60%, y ese resultado es la base de salud y pensión de ese mes porque así lo dice el art. 30 de la Ley 1393 de 2010.
Por lo anterior es mucho mejor, siempre, así la indemnización se pague de manera voluntaria llevarla a la contabilidad como indemnización pero nunca como bonificación para que no tenga efectos sobre la seguridad social.