Voceros de las marcas dicen que la medida genera un vacío legal.
“La exhibición de cigarrillos en tiendas, supermercados, licoreras y otros puntos de venta del país no está prohibida por la legislación nacional”.
Así lo afirma la multinacional British American Tobacco (BAT), que comercializa en el país, entre otras, las marcas Mustang, Kent, Belmont y Kool, al pronunciarse sobre una decisión reciente de María Claudia Rojas Lazo, magistrada de la Sección Primera del Consejo de Estado, que tumbó dos circulares de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mientras el contencioso administrativo toma una decisión de fondo.
La consejera de la Sección Primera del Consejo de Estado dice que “toda forma de exhibición de productos de tabaco en sí misma es una forma de promoción para su consumo, toda vez que crea la impresión de que este es aceptable y dificulta la posibilidad de que los consumidores dejen el hábito”.
El director legal de asuntos corporativos de BAT (Colombia), Jorge Cabrera Jaramillo, afirmó que la exhibición no está prohibida por ley y lo que ordena esta es la regulación, y fue precisamente la que dejó sin piso la decisión unilateral de la consejera de Estado.
Se trata del fallo acerca de una demanda que interpusieron tres ciudadanas contra las circulares 005 y 011 del 2011, en las que la SIC expidió unos criterios mínimos sobre la manera de exhibición pública del tabaco y sus derivados, para prevenir que pueda constituirse en mecanismo publicitario.
Según el directivo, aunque la medida es cautelar (temporal) mientras la Sala del Consejo toma una decisión definitiva de la demanda, esta puede tomar varios años, tiempo durante el cual los productores y comercializadores quedan en el limbo.
Sin embargo, al ser preguntado si exhibirán indiscriminadamente los cigarrillos en las tiendas y supermercados al no existir regulación, Jorge Cabrera dijo que no lo harán a pesar de que, por ejemplo, sí podrían colocarse a la vista del público.
Además, pidió que se haga un debate –con todos los interesados– para discutir la eliminación de la exhibición, y de hacerse, que lo establezca una ley.
De hecho, asevera que en Irlanda, Australia y Canadá lo son, pero como resultado de decisiones legislativas.
Igualmente, comentó que las dos circulares de la SIC son vistas por organismos internacionales como medidas serias para disminuir el consumo de un producto legal, pero nocivo para la salud.
Las medidas de la SIC aplicaban tanto para tiendas pequeñas como para grandes superficies; contemplaban, entre otros, que las cajetillas no podían ser accesibles al público, sino que debían estar detrás de mostradores o de las cajas registradoras, para impedir el autoservicio.
Inclusive, las productoras solo podían mostrar una cajetilla de cada marca.
La demanda fallada afirma que dichas circulares violan el convenio marco del 2003 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de Tabaco, que prohíbe toda forma de publicidad de productos de tabaco.
Ese convenio de la OMS, suscrito por Colombia, afirma que la prohibición total en cuanto a la promoción, publicidad y patrocinio de los productos derivados del tabaco reduciría su consumo.
No obstante, Jorge Cabrera, de BAT Colombia, considera que bajo la legislación colombiana ningún acuerdo o tratado rige antes de ser aprobado por el Congreso de la República y las cortes, y no es de aplicación inmediata en la jurisdicción.
También afirma que la SIC presentó un recurso de súplica al Consejo, porque si bien no puede prohibir la exhibición total de cigarrillos, esta entidad debe regularla.
En el 2009, el Congreso sancionó una Ley Antitabaco que estableció a partir del 21 de julio del 2011 la prohibición total de toda forma de publicidad de productos de tabaco en medios masivos de comunicación.
Posteriormente, la Corte Constitucional estableció en el 2010 que la normativa es exequible porque protege los derechos a la vida, la salud, entre otros. “Sin embargo, no prohibió la exhibición y los productores que invertimos en este país la estamos respetando”, agregó Cabrera.
De acuerdo con el directivo, esta decisión afecta enormemente a la industria del tabaco y su comercialización, y deja un vacío jurídico porque si la exhibición no está prohibida tampoco está reglamentada.
Concluyó que están haciendo acercamientos para que instancias del Gobierno, como el Ministerio de Salud y la SIC, expliquen la posición en que quedan tras la decisión de la consejera.