En ceremonia realizada en la Casa de Nariño, el presidente Iván Duque promulgó el acto legislativo que reforma el artículo 34 de la Constitución Política y que permitirá a la justicia imponer la pena de cadena perpetua a violadores y asesinos de niños (Lea: Congreso implanta la cadena perpetua revisable)
“El lugar más peligroso para muchos niños de Colombia es su núcleo familiar, tíos, primos, padres, abuelos han hecho estás prácticas deleznables un delito; hoy ya saben que están notificados, trabajaremos para que esos delitos no prescriban y que las víctimas puedan denunciar”, señaló el presidente Duque.
El mandatario instó al Congreso a tramitar con celeridad el proyecto de ley que reglamenta este acto legislativo. Es de señalar que la reglamentación de la reforma, según anunció el Ejecutivo, irá con mensaje de urgencia. El texto establecerá las condiciones para la aplicación de esta sanción penal dentro de un proceso de violación y/o asesinato de niños.
¿Qué dispone esta reforma?
Así, se modifica el artículo 34 de la Constitución Política para que cuando un niño o adolescente sea víctima de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir se castigue al autor de tales delitos con la pena de prisión perpetua. (Lea: ¿Los derechos de los niños justifican el sacrificio de los derechos de los demás?)
Tal condena tendrá control automático ante el superior jerárquico y deberá ser revisada en un plazo no inferior a 25 años, para evaluar la resocialización del condenado. (Lea: Penalistas analizan viabilidad de la cadena perpetua para violadores y asesinos de menores)
El Gobierno contará con un año para radicar ante el Legislativo el proyecto de ley que reglamente la prisión perpetua.
De igual manera, deberá formular en el mismo término, una política pública integral que desarrolle la protección de los menores, fundamentada principalmente en las alertas tempranas, educación, prevención, acompañamiento sicológico y la garantía de una efectiva judicialización y condena cuando sus derechos resulten vulnerados.
Anualmente se presentará un informe al Congreso de la República sobre el avance y cumplimiento de esta política. Así mismo, se conformará una Comisión de Seguimiento, orientada a proporcionar apoyo al proceso de supervisión que adelantará el Legislativo