Usted como empleado puede conciliar sobre el salario y las prestaciones sociales un plazo o unas cuotas, pero no se puede negociar disminuir el valor de lo que se merece en este par de aspectos. Si se firma una conciliación con el inspector de trabajo, y luego el empleado se da cuenta que están mal liquidadas es porque hubo una equivocación del inspector de trabajo.
Cuando un empleado acude ante un inspector de trabajo puede realizar una diligencia de conciliación pertinente a indemnización y pago de prestaciones sociales por despido sin justa causa. Aquí surge la inquietud de si el empleado puede reclamar a futuro o pierde toda posibilidad de demandar por las prestaciones no reconocidas en medio de la conciliación.
Cuando se firma una conciliación frente a un inspector de trabajo, por regla general se dice que se da tránsito a “cosa juzgada”, es decir que ya no hay nada que hacer, pero esta afirmación solo aplica sobre derechos inciertos y derechos discutibles.
Lo anterior quiere decir que se puede conciliar ante un inspector una indemnización y lo que se reciba ahí quedó. Después no se puede alegar que la indemnización estaba mal liquidada porque estas son derechos inciertos y discutibles. Es decir que se pueden negociar. Y precisamente esto es una conciliación.
Prestaciones sociales se pueden pelear ante un juez
Lo que queda firmado eso es y no se puede alegar más. Pero lo que corresponde a prestaciones sociales sí se puede pelear ante un juez así se haya firmado un acta de conciliación frente a un inspector de trabajo, porque estas son un derecho indiscutible, no conciliable.
Como empleado se puede conciliar sobre el salario y prestaciones sociales, un plazo o unas cuotas, pero no se puede negociar disminuir el valor de lo que el empleado se merece en prestaciones sociales y salario. Aquí no hay negociación.
Entonces si se firma una conciliación con el inspector de trabajo, y luego el empleado se da cuenta que están mal liquidadas es porque hubo un despiste del inspector que permitió esa conciliación. Pero se puede presentar una demanda ante un juez y demostrar que la conciliación fue por un valor inferior sobre derecho no transables, como prestaciones y salario, se pueden discutir y el juez tiene que aceptar la demanda.